Acreditación del plástico reciclado que contienen los envases de plástico a partir del 1 de enero 2024

ACREDITACIÓN DEL PLÁSTICO RECICLADO QUE CONTIENEN LOS ENVASES DE PLÁSTICO A PARTIR DEL 1 DE ENERO 2024

👩‍⚖️ La Ley 7/2022 de RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS estableció la obligación de tributar por la cantidad de plástico NO RECICLADO que contienen los envases de plástico NO REUTILIZABLES.

📆 Este impuesto o tasa al plástico NO reciclado es obligatorio ya desde el 1 de enero de 2023

💰 La tasa a pagar será de0,45€/kg de plástico NO RECICLADO

👉 Te aplica si eres fabricante del envase de plástico, importador (desde fuera de la UE) o lo adquieres intracomunitariamente (de la UE).

😅 Estarás exento si importas o adquieres intracomunitariamente menos de 5 kg de plástico no reciclado al mes.

🌍Si lo importas desde fuera de la UE, pagarás la tasa en la aduana (DUA)

🏢 Si lo fabricas en España o lo adquieres desde la UE, pagarás la tasa a través de la autoliquidación (modelo 592) previo registro (consulta con tu asesoría o gestoría)

🖊️ Si quieres DEMOSTRAR cuánta cantidad de plástico reciclado contiene tu envases de plástico, ya que será la cantidad que por la cual no vas a pagar tasa, a partir del 01 de enero de 2024 solo podrás hacerlo mediante CERTIFICADO emitido por entidad acreditada.

🏭 A modo de ejemplo, el film estirable de plástico que utilizan muchas empresas para embalar sus bultos para el transporte es un plástico no reutilizable que puede contener o no plástico reciclado al cual aplica este requisito.

Si crees que tu empresa puede necesitar ayuda en el plano ambiental, no dudes en contactar con GEORKA

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